I Jornadas sobre Alquiler Vacacional de las Islas Baleares
Echar el lazo legislativo a la economía colaborativa, proponen los expertos u2852
Todos coinciden en que debe existir una regulación clara, sin exclusiones y que fomente la calidad 471z5g
Publicada 19/05/15

Juan Franch Fluxà, doctor del Departamento de Derecho Privado de la Universidad de las Islas Baleares, se ha mostrado rotundo al afirmar que “debemos poner un lazo legislativo a algo que se nos está escapando a todos, la economía colaborativa”. Franch ha participado en las I Jornadas sobre Alquiler Vacacional de las Islas Baleares, organizadas por ApturBaleares con la colaboración del Colegio de es de Fincas de las Islas Baleares (CAFBAL), el Colegio de Titulados Mercantiles y Empresariales de Baleares (COTME) y el despacho de abogados DMS Consulting.
El catedrático ha reconocido que en Baleares “fuimos pioneros en publicar la primera ley turística que incorporaba las estancias vacacionales y ahora debemos reconocer este fenómeno que es imparable y sobredimensionado y regularlo al margen de la ley de arrendamientos urbanos (LAU)”.
Miguel Ángel Mas y José Manuel Raya, abogados de DMS Consulting; Bernat Seguí, secretario de CAFBAL; y Xisco Ramis, presidente de COTME, participantes en la misma mesa de debate, se mostraron de acuerdo en que tiene que existir una regulación clara sin exclusión de alguna de las tipologías y con unos requisitos encaminados a la calidad.
En este sentido Miguel Ángel Mas señaló que la diferencia entre un alquiler de temporada y un alquiler vacacional está en si se ofrecen o no servicios como atención al cliente las 24 horas, reposición de sábanas o toallas, etc. En su opinión “la clave está en la prestación de servicios turísticos”.

Sin embargo, Bernat Seguí mantuvo una posición más extrema, al señalar que la ley del 64 ya definía “los arrendamientos, con o sin muebles, de fincas cuyo arrendatario las ocupe únicamente por la temporada de verano, o cualquiera otra” y “no hace más que copiar la ley del 45”. “Qué significado tiene la coletilla de la última reforma si la ley turística no ha cambiado en nada la regulación del contrato de arrendamiento de temporada”, sentenció.
Por su parte el presidente del COTME afirmó que “la normativa fiscal de referencia es la Ley General Tributaria y deja bien claro que no se itirán a trámite las denuncias infundadas y que un particular o empresa no tiene a vuestros datos, vuestros datos son confidenciales, ¿o no">Participantes de las I Jornadas sobre Alquiler Vacacional de las Islas Baleares.
Las jornadas, que también contaron con la participación de Francisco Ribas, técnico en Turismo de la Consejería, y de Irene Perelló y Juan Estarellas, gerente y presidente de ApturBaleares, respectivamente, tenían por objeto analizar la Ley de Turismo de Baleares y el Decreto de desarrollo de la misma, así como la normativa laboral y fiscal que afecta a esta actividad y su alcance.
Segunda mesa redonda
La segunda mesa redonda se celebrará el próximo 21 de mayo a las 18.30 en la Cámara de Comercio. En ella participarán Francisco Ribas, representantes de grandes comercializadoras internacionales, sc Segura, abogado de DMS Consulting y profesor de Derecho istrativo de la UIB, y Javier Domínguez, vocal asesor de la subdirectora general de Unidad de Mercado, Mejora de la Regulación y Competencia, para hablar de “¿Cómo se puede comercializar una vivienda vacacional? ¿Puede una norma limitar la comercialización como hace la Ley de Turismo balear?”.
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